Convalidación
La Convalidación en el Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “José Carlos Mariátegui” de Tambobamba, procede de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.
Artículo 29. Convalidación
29.1. La convalidación es un proceso de reconocimiento de las capacidades adquiridas por una persona respecto a una competencia, tanto en las instituciones educativas o en el ámbito laboral, debidamente certificada por una
Institución autorizada. La sola convalidación no conduce a un título o certificación; permite la incorporación o continuación en el proceso formativo.
29.2. El IES y la EES establecen en su Reglamento Institucional aquellos aspectos que consideren necesarios para efectuar los procesos de convalidación, así como los requisitos correspondientes, de conformidad con las disposiciones de la Ley, del presente Reglamento y los lineamientos académicos generales establecidos por el MINEDU.
29.3. Los cursos o módulos desarrollados por instituciones de Educación Secundaria mediante convenios con IES o EEST, pueden ser convalidados o reconocidos por estos últimos, de acuerdo con los lineamientos académicos generales establecidos por el MINEDU.
29.4. La convalidación es aprobada mediante una resolución directoral emitida y registrada por el IES o la EES, de conformidad con los lineamientos académicos generales establecidos por el MINEDU.
Área encargada de la convalidación: Unidad Académica, Secretaría Académica y Comisión de convalidación.